Guillermo Coppola está a punto de perder la vivienda que ocupa, en el piso 10 de Avenida del Libertador al 3500, propiedad de Diego Maradona, que está a punto de ser rematada por el juzgado comercial N° 23, a cargo de María José Gigy Trainor.
Según el texto del edicto publicado hoy en La Nación, el departamento, de 326 metros cuadrados, consta de “living y comedor, escritorio, tres dormitorios con baño, cocina, comedor diario y dependencia de servicio, las unidades complementarias corresponden a cochera y baulera. El inmueble se encuentra en perfecto estado de conservación”.
Incluso, detalla que el martillero fue atendido “por el Sr. Guillermo Esteban Coppola, quien ocupa el bien conjuntamente con la Sra. Korina Juarez y su hija“.
Quien pide el remate es el Banco Central de la República Argentina, por lo que se presume que se trata de una deuda de Maradona, aunque no se precisaron las causas.
El remate se realizará el día 27 de febrero de 2014 a las 11,45 hs. en Jean Jaures 545 Capital Federal. La base del remate es de 4.188.000 pesos.
Garante: (Fiador)
Libro Segundo – De los Derechos Personales en las relaciones civiles. Sección Tercera De las obligaciones que nacen de los contratos.
Articulo 2003.-
La fianza será solidaria con el deudor principal, cuando así se hubiese estipulado, o cuando el fiador renunciare el beneficio de excusión de los bienes del deudor, o cuando el acreedor fuese la hacienda nacional o provincial.
LOCACION DE COSAS. FIANZA : Cuando en el contrato de locación el tercero ajeno a la relación locativa se constituye en “fijador, codeudor, liso, llano y principal pagador, con renuncia a los beneficios de excusión y división”, no se trata de un fiador, pues aunque así se lo denomine en el contrato, la adición de las menciones transcriptas lo erijen en codeudor solidario (com. art. 2005 del Cód. Civ.) calidad incompatible con la anterior. No debe, en consecuencia, las obligaciones contraídas por la locataria en forma accesoria sino en forma principal y por el todo, sin que se imponga al acreedor carga alguna de previo requerimiento. No se aplican a este las disposiciones de la fianza sino las propias de las obligaciones solidarias, ya que su obligación no deja de ser solidaria por estar condicionada al incumplimiento de la locataria (doct. art. 702 del Cód. Civ.). CARDO BURNICHON VACAS CARUSO Y FRANCESCHI c/DE LA TORRE, MIGUEL E.s/ORDINARIO. FIANZA. 23/05/89
La tucumana, que causó furor cuando ganó el reality de Telefe, brindó una nota a “Intrusos” después de años de que no se la vea en los medios.
Siete años después de ganar “Gran Hermano”, con una final que marcó records de rating para la televisión argentina, reapareció en “Intrusos” Marianela Mirra.
La tucumana explicó por qué se alejó de los medios después del boom mediático que generó su participación en el reality. “Necesité alejarme porque me agarró todo de golpe. Pasé de ser nadie a que de repente sea como Madonna”, explicó al respecto.
También habló de las insinuaciones de sus compañeros del reality. “Yo sigo en contacto con muchos de los chicos. Varios de ellos quisieron estar conmigo”, disparó.
Además, contó porque en los últimos tiempos empezó a publicar en su cuenta de Twitter fotos en bikini. “Yo vi que muchas chicas del ambiente lo hacían y dije ‘¿Por qué no?'”, aseguró.
Por su parte, Mirra aprovechó la oportunidad para negar los rumores que alguna vez la vincularon el gobernador de Tucumán José Alperovich.
Cosa perdida
Art. 2.528. No son susceptibles de apropiación las cosas inmuebles, los animales domésticos o domesticados, aunque huyan y se acojan en predios ajenos, las cosas perdidas, lo que sin la voluntad de los dueños cae al mar o a los ríos, ni las que se arrojan para salvar las embarcaciones, ni los despojos de los naufragios.
Art. 2.530. En caso de duda, no se presume que la cosa ha sido abandonada por su dueño sino que ha sido perdida, si es cosa de algún valor.
Art. 2.531. El que hallare una cosa perdida, no está obligado a tomarla; pero si lo hiciere, carga mientras la tuviere en su poder, con las obligaciones del depositario que recibe una recompensa por sus cuidados.
Juris:
JURISPRUDENCIA Y DOCTRINA COINCIDEN EN QUE EL DERECHO A LA RECOMPENSA QUE E L ART. 2533, CODIGO CIVIL, ESTA ENDEREZADO NO SOLO A RETRIBUIR LAS MOLESTIAS DEL HALLADOR -CON INDEPENDENCIA DE LOS GASTOS QUE HUBIERE HECHO, A LOS QUE LA L EY CONTEMPLA SEPARADAMENTE-, SINO A PREMIAR LA HONRADEZ Y PARA ACICATE DE QUE SE ACTUE DE ESA MANERA, ES DECIR PARA QUE LOS HOMBRES CUMPLAN CON SUS OBLIGACIONES JURIDICAS (EN EL CASO, DEVOLVER LO ENCONTRADO) -QUIZAS HASTA PORQUE RESULTA MUY FACIL QUEDARSE IMPUNEMENTE CON EL HALLAZGO-, PROCEDIENDO CORRECTAMENTE (CONCIENCIA APARTE), PARA QUE HAYA ORDEN Y PAZ SOCIAL. ROMERO LILIANA ROSA C/MINISTERIO DE ECONOMIA SECRETARIA DE HACIENDA Y OTRO S/COBRO DE PESOS. CAUSA N° 11.069/96. 14/07/98 CAMARA CIVCOMFED: 2
Verónica Ojeda se realizó estuvo en el Sanatorio Los Arcos de Palermo la tarde del martes. Según informaron en “Infama”, la exmujer de Diego Maradona se realizó la primera ecografía del embarazo que transita.
Ojeda pudo escuchar los latidos del corazón de su bebé, está feliz, y el embarazo está en orden. Lleva 9 semanas de gestación y la fecha que le dio el médico es para el 24 de septiembre, pero tendrá una cesárea programada, su hijo nacerá el 10.
Todos los datos los dio Marina Calabró, al asegurar que se tratará de una cesárea programada y nacerá en el mismo sanatorio que dio a luz a Diego Fernando, el pasado 13 de febrero de 2013.
“De parte mía y de mis hijos, no lo necesitamos. Me hace un favor si no le pone el apellido Maradona, te lo juro, prefiero que sea Ojeda y no tengo tantos problemas. No me importa, no me interesa el apellido”, aseguraba Ojeda, furiosa, con Diego Maradona, al no llamar a su hijo más chico en su primer cumpleaños.